martes, 13 de noviembre de 2012

Ocultar lo ocurrido invierte la carga de la prueba - DiarioMedico.com

Ocultar lo ocurrido invierte la carga de la prueba - DiarioMedico.com

condena del tsj de madrid al sermas

Ocultar lo ocurrido invierte la carga de la prueba

El TSJ de Madrid condena al Sermas por una intervención de cataratas que terminó en trasplante de córnea. La Administración ocultó la rotura de la lente.
Soledad Valle | soledad.valle@unidadeditorial.es   |  13/11/2012 00:00

En el sistema judicial español, la carga de la prueba en vía Contenciosa la tiene el demandante, a no ser que esto se vea alterado al demostrar, por ejemplo, que la Administración demandada ocultó información o, teniendo la máxima facilidad probatoria, obstaculizó el acceso a esa información al demandante.

Esa ha sido la conclusión extraída por la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la sentencia que ha resuelto la reclamación de un paciente sometido a un trasplante de córnea del ojo derecho, después de una intervención de cataratas. El fallo condena al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a indemnizarle con 70.000 euros.

El enfermo, representado en el juicio por Álvaro Sardinero, abogado colaborador de la Asociación El Defensor del Paciente, fue intervenido de cataratas en los dos ojos. La operación del ojo izquierdo duró 20 minutos, como quedó registrado en la historia clínica, pero la del ojo derecho se demoró más de una hora. El motivo de esa diferencia de tiempos, según se desprende de la sentencia, se debió a que en un primer momento en el ojo derecho se colocó una lente equivocada y, en el mismo acto quirúrgico, se extrajo y se insertó la correcta. Así fue declarado por el paciente y figura en el informe de anestesia, aunque no quedó registrado en la hoja quirúrgica.

Los informes periciales presentados tanto por el Sermas como por la compañía aseguradora no hicieron referencia al incidente intraoperatorio. Omisión que es apuntada por la defensa del paciente en su recurso, pidiendo al tribunal una inversión de la carga de la prueba, a lo que la Sala accede con la siguiente reflexión: "La circunstancia de que no se haya consignado en el protocolo quirúrgico oftalmológico [...] la menor referencia al cambio de la lente, a la causa que lo produjo, ni a si ello tuvo alguna consecuencia inmediata, junto a la diferencia de tiempo en la realización de las cirugías [...] hace que no podamos explicarnos las contradicciones entre el protocolo quirúrgico y el informe de anestesia ni la diferente duración de las operaciones, si no es desde un deliberado propósito de ocultación de lo acontecido [...] lo que se traduce en que pese sobre ellas [Administración y aseguradora] la carga de probar la buena praxis".

Los razonamientos periciales, que como el tribunal indica estaban pensados para defenderse de una acusación de mala praxis y no para demostrar la buena praxis, no desmontan la idea de que la actuación médica es la responsable de la complicación surgida que terminó en un trasplante de córnea.

Más sobre Normativa

No hay comentarios: